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Acreditan el delito y la responsabilidad penal contra FELIX HUAMAN y le imponen CADENA PERPETUA por abusar de menor

SALA PENAL DE APELACIONES Y LIQUIDADORA DE CHINCHA COLEGIADO DETERMINÓ QUE SE ENCUENTRA ACREDITADO EL DELITO Y LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL SENTENCIADO FÉLIX LUIS HUAMÁN SIGUAS.

Créditos : La verdad del Pueblo
Noticia que publicó el diario correo de la región con respecto al agravio contra la menor por parte de su padre Félix Huamán Siguas

En el Establecimiento Penitenciario de Ica, la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de Chincha, conformada por los señores jueces superiores doctores Tito Guido Gallegos Gallegos (Presidente y Director de Debates), Luis Alberto Leguía Loayza y Edgar Rojas Domínguez, confirmaron la sentencia que condena a Félix Huamán Siguas, como autor y responsable del delito contra la libertad sexual en la modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de edad de identidad reservada de iniciales H.K.H.D.R., a la pena de CADENA PERPETUA.

Publicación del Ministerio Público con respecto a ello : Ministerio Público con respecto a lo sucedido CHINCHA - ICA - PERÚ


 El Colegiado luego de haber efectuado el análisis exhaustivo de la sentencia emitida por el Juzgado Penal Colegiado Supra provincial Zona Norte de Chincha, en función a los argumentos expuestos por el impugnante, el persecutor oficial del delito y la actividad probatoria actuada en primera instancia, determinó que se encuentra acreditado el delito y la responsabilidad penal del sentenciado.

De lo actuado se tiene que la menor agraviada en sus declaraciones ha sido coherente y persistente en sindicar al sentenciado como autor del delito en su agravio, hecho ocurridos en la casa de éste ubicado en la  provincia de Pisco, cuando contaba con trece años de edad y que como producto del abusosexual salió embarazada habiendo procreado al menor  de iniciales B.B.H.H, y que conforme a la prueba de ADN 2015-555, ratificado por sus otorgantes en sesión de juicio oral, la paternidad corresponde al sentenciado.

Que estos hechos también se han visto corroborados con el Certificado Médico Legal N°. 594-VLS, Protocolo de Pericia Psicológica N° 1776-2015-PSC, Acta de nacimiento de las menores de iniciales H.K.D.R. y B.B.H.H, así como la declaración testimonial de la madre de la menor agraviada.

En cuanto a la ausencia de incredibilidad subjetiva, precisan que la declaración del menor tiene entidad acreditativa para desvirtuar la presunción de inocencia del sentenciado al no haberse demostrado que existía grave enemistad entre ambos, ni entre sus familiares, descartándose una imputación por móviles subalternos, como venganza, resentimiento, odio, etc.

De esta forma, la Corte Superior de Justicia de Ica, a través de los diversos órganos jurisdiccionales, vienen dictando sentencias ejemplares, condenando a los ciudadanos que actúan al margen de ley, causando daños morales, materiales e incluso segando la vida de seres humanos.

Ica, 15 de Mayo del 2017
Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia de Ica

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